ASÍ EL EL SUBSIDIO ANUNCIADO PARA EMPLEADAS DE HOGAR QUE NO PUEDEN PRESTAR SUS SERVICIOS EN LAS CASA POR EL CORONAVIRUS

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02/04/2020. El subsidio anunciado por el Gobierno para proteger al personal doméstico afectado por la crisis del coronavirus está ya aprobado, pendiente de que el SEPE, el Servicio Público de Empleo, determine las instrucciones para solicitarlo, lo que todavía no es posible. Su importe será de un 70% de la base de cotización con un tope equivalente al SMI (Salario Mínimo Interprofesional).

Podrán beneficiarse de él los empleados domésticos que estuvieran dados de alta en la Seguridad Social antes del establecimiento del Estado de Alarma, es decir, antes del 16 de marzo de 2020 y que, como consecuencia de las normas establecidas para frenar la expansión de la epidemia, hayan perdido su trabajo, total o parcialmente, al haber tenido que dejar de acudir a la casa o las casas en las que estuvieran trabajando.

Pérdida del empleo o reducción de horas

Y es que para poder acogerse al subsidio no es necesario haber perdido el empleo en su totalidad, ya que también puede solicitarse si lo que se ha sufrido es una reducción de horas, y es compatible con el mantenimiento de la actividad laboral, en el caso de que algunas personas puedan seguir desempeñando su trabajo en algún domicilio, siempre cumpliendo con lo establecido por las autoridades dentro de la situación excepcional en la que se encuentra el país.

A la espera de conocer las instrucciones del SEPE para poder solicitarlo, el Gobierno ha avanzado que será necesario presentar la carta de despido, si la hay, o una declaración jurada del empleador en el que se refleje que se han reducido o suprimido las horas de trabajo de dicha empleada.

Fuente: FEFN

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