Tipo de ayuda y cuantía:
Consiste en un pago único por cada uno de los hijos/as menores de 3 años en el 2019.
- a) Cuando sea la primera hija o hijo: 360 euros.
- b) Cuando sea la segunda hija o hijo: 1.200 euros.
- c) Cuando sea la tercera o tercero y sucesivos: 2.400 euros.
Personas beneficiarias:
- Personas que tengan hijas o hijos menores de 3 años nacidos entre el 1.1.2016 y el 31.12.2017, ambos días incluidos, siempre que durante el año 2017, ni ellas ni ninguna de las personas que componen la unidad familiar hubiesen estado obligadas a presentar la declaración por el IRPF correspondiente a este período, ni la hubiesen presentado de manera voluntaria aún sin estar obligadas a ello.
- En caso de hijas o hijos adoptados o acogidos mediante resolución, judicial o administrativa, dictada entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017.
- En supuestos de que exista una resolución judicial que atribuya la custodia exclusiva a una de las personas progenitoras, la persona beneficiaria será aquella que tenga la custodia de las hijas o hijos, de acuerdo con lo establecido en dicha resolución.
Requisitos:
a) Progenitores residentes en Galicia.
b) En fecha de la solicitud los niños/as convivan con la persona solicitante.
Plazo de presentación: 04/04/2019 – 28/05/2019.
Solicitudes y documentación:
La solicitud, que se formalizará en formulario normalizado que figura en la orden, así como el resto de la documentación a presentar, está disponible en la Guía de procedementos e servizos recogida en la dirección con el código de procedimiento: BS410A.
Más información:
SERVIZO DE APOIO Á FAMILIA, Á INFANCIA E Á ADOLESCENCIA. San Caetano, s/n. 15781 Santiago de Compostela (Coruña, A). Teléfono: 981957781
Otros documentos
Orden de 20 de marzo de 2019 (DOG nº 65 del 3 de abril de 2019).
Autor: Xunta de Galicia