El miércoles 3 de abril dio comienzo a campaña de la Renta 2024, que se prolongará hasta el próximo 1 de julio. Ya es posible acceder el borrador de la declaración que conviene revisar detenidamente y completar, incluyendo también la parte autonómica.
Aquí os explicamos las principales novedades este año.
Deducciones de la Agencia Tributaria (AEAT)
- Deducción por familia numerosa:
1.200 euros por 3 hijos, 1.800 euros por 4 hijos y 2.400 euros por 5 hijos (600 euros más al año por cada hijo que exceda la categoría). Esta deducción funciona como un impuesto negativo, es decir, que se puede percibir por anticipado mes a mes o, en caso de que no se haya recibido así, aplicarse en su conjunto -la cantidad total- en la Declaración de la Renta. +info
- Deducción por maternidad, novedades:
Lo mismo ocurre con la deducción de 1.200 euros para madres con hijos de 0 a 3 años, que sigue la misma fórmula, ya que las beneficiarias pueden recibir en su cuenta 100 euros cada mes o aplicar en la declaración anual una deducción de 1.200.
Sin embargo, esta deducción se ha modificado para ampliar la cobertura. Así, a partir del 1 de enero de 2023 tendrán derecho a la deducción las mujeres con hijos menores de 3 años que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo; que en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, y también las que en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados, teniéndose en cuenta también los días cotizados previos al nacimiento. +info
- Gastos de guardería, más centros:
Esta deducción se puede ampliar hasta en 1.000 euros por gastos deducibles de guardería. La novedad este año es que antes sólo se podía aplicar en guarderías públicas, ahora, es posible hacerlo si los niños van a cualquier centro de educación infantil autorizado. +info
- Deducción por discapacidad:
Las familias con hijos o ascendientes con discapacidad podrán también aplicarse una deducción de 1.200 euros, compatible con las anteriores, y lo mismo las familias monoparentales, a las que les corresponden igualmente 1.200 euros por hijo y año, que podrán deducirse en la Renta si no se han recibido de forma anticipada, a razón de 100 euros cada mes.
Deducciones en Galicia
Es conveniente también revisar detenidamente y completar las deducciones que hay en Galicia.
- Deducción para familias con dos o más hijos, novedades:
Esta es una de las grandes novedades de este año en Galicia.
a) El contribuyente que tenga 2 descendientes que generen el derecho a aplicarse el mínimo por descendiente, podrá deducir de la cuota íntegra autonómica la cantidad de 250 euros. En caso de que el contribuyente, o alguno de los descendientes que den el derecho a aplicar esta deducción, tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la deducción se duplicará.
b) El contribuyente que posea el título de familia numerosa en la fecha de devengo del impuesto podrá deducir de la cuota íntegra autonómica las siguientes cantidades:
- Familias de hasta dos hijos/as, 250 euros, excepto que disfruten del título de categoría especial, en cuyo caso será de 400 euros.
- En el resto de los casos, la deducción se incrementará en 250 euros adicionales por cada hijo/a.
En caso de que el contribuyente, o alguno de los descendientes que den el derecho a aplicarse esta deducción, tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%, las deducciones anteriores se duplicarán.
Cuando más de un contribuyente tenga derecho a la aplicación de las deducciones previstas en este apartado respeto de los mismo descendientes, su importe será prorrateado entre ellos por partes iguales.
Las deducciones previstas en apartado a) y b) son incompatibles entre sí.
- Deducción por acogimiento:
300€ por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente, provisional o preadoptivo, administrativo o judicial
- Otras deducciones:
Deducións aprobadas pola Xunta de Galicia para o exercicio 2023 (a declarar no 2024) da Atriga
+ info: Deducciones en Galicia de la Agencia Tributaria
Plazos de la campaña
Estas son las fechas del calendario del contribuyente y las claves de la campaña:
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet en el Servicio de tramitación del borrador/declaración de la sede electrónica de la AEAT.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: presentación por teléfono, con cita previa, gracias al Plan «Le Llamamos», si se cumplen los requisitos que constan en la sede electrónica de la AEAT (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: Presencialmente, con cita previa, en cualquier Delegación o Administración de la AEAT y oficinas de las Administraciones tributarias de las comunidades autónomas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
Mediante la aplicación «Agencia Tributaria» si no se tiene que modificar o incluir algún dato adicional en el borrador.
Acceder al borrador y presentar
El borrador de la declaración de la Renta y/o los datos fiscales podrán obtenerse en la sede electrónica de la AEAT. Los sistemas de identificación exigidos para acceder son: Certificado electrónico, Sistema Cl@ve PIN o Número de referencia. Este último se puede obtener a través de la Agencia Tributaria (web o app ver), facilitando el NIF, la fecha de caducidad del DNI y el importe de la casilla 505 de la declaración del año anterior +info.