La Consellería de Facenda publica la Orden por la que se determinan las parroquias que tienen la consideración de zonas poco pobladas o áreas rurales para los efectos de las deducciones previstas en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, por la adquisición de vivienda habitual y por constitución de préstamos hipotecarios destinados a su financiación (viviendas adquiridas en las parroquias enumeradas en el anexo I), por discapacitados, familias numerosas y menores de treinta y seis años, previstas en los números siete del artículo 16 y ocho del artículo 17 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.
Orden del 9 de febrero de 2017. DOG Núm. 29. Venres, 10 de febreiro de 2017.
Fuente: Xunta de Galicia