LA SUBIDA DEL IPREM PERMITIRÁ INCREMENTAR EL UMBRAL DE RENTA PARA ACCEDER A LA CATEGORÍA ESPECIAL DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

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03/01/2023. El año 2023 se inicia con una subida del IPREM, indicador que permite acceder a determinadas ayudas y subsidios. A las familias numerosas este cambio nos afecta también a la hora de acceder a la categoría especial del título oficial de familia numerosa según renta, en caso de familias con 4 hijos/as (en caso de discapacidad los hijos computan por dos, Ej. 3 hijos uno de ellos con discapacidad, por renta también accederían a la categoría especial).

IPREM como indicador para acceder a la categoría especial

El IPREM sustituyó al SMI como indicador para acceder a la categoría especial en 2004 con la aprobación del Real Decreto Ley 3/2004 (art.2.1 y 2.3). Mientras que el SMI quedó vinculado sólo a efectos exclusivamente laborales, el IPREM se emplea como indicador para acceder a ayudas y subsidios no relacionados con el trabajo. Para conceder las ayudas, normalmente se multiplica el valor actual del IPREM por una cifra y se compara con los ingresos brutos.

Las cuantías del IPREM en 2023:

Disposición adicional nonagésima de la LPGE 2022 recoge la actualización del IPREM y las nuevas cuantías que regirán durante el 2023:

  • El IPREM diario, 20 euros.
  • El IPREM mensual, 600 euros.
  • El IPREM anual 12 pagas, 7.200 euros.
  • El IPREM anual incluyendo 14 pagas: 8.400 euros.

 

A TENER EN CUENTA. En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 8.400 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 7.200 euros.

La norma reguladora diferencia dos posibles valores del IPREM (12 y 14 pagas). Por defecto se utilizará como referencia el IPREM 14 pagas salvo que se hiciese una mención expresa a la ausencia de pagas extraordinarias.

 

Dar el título de familia numerosa especial con 4 hijos 

Para el cálculo se tendrá en cuenta la suma de los ingresos anuales (base imponible general + base imponible del ahorro + prestaciones que no van en renta) de toda la unidad familiar y se divide entre el número de miembros. La cantidad resultante no debe superar el 75 por ciento del IPREM anual con 14 pagas (8.400€ por persona al año), es decir, no debe superar la cantidad de 6.300 € por persona al año.
A TENER EN CUENTA. La Ley de Familias, que está en tramitación, incluirá cambios en este sentido, ya que recoge en su disposición final novena punto cinco, que las familias de 3 hijos pasarán a la categoría especial cuando los ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 150% del IPREM, vigente, incluidas las pagas extraordinarias.
Más información IPREM AQUÍ
Fuente: AGAFAN

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