Categoría especial para las familias numerosas de 4 hijos y otras medidas de la nueva Ley de Familias. Te contamos lo más destacado

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La Ley de Familias aprobada como Proyecto de Ley y que ahora inicia su tramitación parlamentaria antes de su aprobación definitiva, nace para reforzar la protección a las familias, y, por ello, incluye una serie de medidas de apoyo, algunas de las cuales fueron planteadas por la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) al Gobierno. Esta contribución se ha logrado gracias al arduo trabajo realizado durante varios meses en colaboración con las asociaciones, entre las cuales se destaca la Asociación Galega de Familias Numerosas (AGAFAN). 

Estas son las claves principales de la nueva ley, que todavía deja muchas incógnitas, la primera de ellas en torno a la denominación de familia numerosa:

  • Título de Familia Numerosa: La Ley prevé la desaparición del Título de Familia Numerosa con la creación de uno nuevo de Familias con Mayores Necesidades de Apoyo a la Crianza en el que se incluirán familias con diversas circunstancias por monoparentalidad, discapacidad, etc.
  • Numerosas de categoría especial. Las familias numerosas de 4 hijos pasan a ser de categoría especial, como solicitaba la FEFN; también las de 3 hijos de parto o adopción múltiple, o las de 3 hijos cuyos ingresos no superen e l 150% del IPREM per cápita.
  • Numerosas por discapacidad. Se rebaja el grado de discapacidad de los padres en caso de familias con 2 hijos, que con la nueva ley será igual superior al 33% frente al 65% que se exige actualmente.
  • Beneficios en divorcios. En los casos de custodia compartida o cuando los dos padres se ocupen de sus hijos, la condición de familia numerosa la mantendrán los dos progenitores y no sólo uno con los hijos, como ocurre hasta ahora y tal como venía pidiendo la FEFN.
  • Monoparentales. Las familias monoparentales tendrán un «título propio» con una serie de beneficios como acceso prioritario en becas, viviendas, etc., y 16 semanas de gratuidad en escuelas infantiles. A partir de 2 hijos tendrán el mismo trato y beneficios que las familias numerosas (no sabemos con qué nombre).
  • Otros supuestos de numerosas. También se considerarán numerosas las familias en las que el principal progenitor haya sido víctima de violencia de género o uno de los dos padres haya obtenido la guardia y custodia en exclusividad sin recibir pensión alimenticia, y las de dos hijos en los que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante 1 año o haya estado en prisión.
  • Parejas de hecho. Estas parejas sin vínculo matrimonial se equiparan en derechos y beneficios a los matrimonios siempre que estén inscritas en un Registro de Parejas de Hecho.

Estas medidas están recogidas en la ley, pero todavía no están en vigor, ya que lo aprobado por el Gobierno es el Proyecto de Ley de Famiias, que ahora inicia su trámite en el Congreso para su aprobación definitiva. En esta fase se pueden introducir cambios a través de los grupos parlamentarios. En este sentido, el Gobierno ha anunciado que la Ley contempla otras medidas que no están en el texto inicial y se incluirán próximamente vía enmienda. Entre ellas, estaría:

  • Ampliación del permiso por nacimiento. Está prevista la ampliación del permiso por nacimiento a 20 semanas.
  • Remuneración del permiso de 8 semanas. Se hará remunerado el permiso laboral de 8 semanas para trabajadores con hijos menores de 8 años, aunque, de momento, esta medida dependerá de los presupuestos.
  • Prestación universal por hijo. También el Gobierno ha anunciado hoy su intención de «formalizar» la prestación de ayuda a la crianza (deducción fiscal para madres con hijos de 0 a 3 años) para que pueda ampliarse y convertirse en una prestación universal, aunque no se ha definido cuándo.

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