El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que los padres que han litigado para reclamar el complemento de maternidad en su pensión tienen derecho a recibir una indemnización adicional para cubrir las costas y los honorarios del abogado.
La sentencia (Ver sentencia) estima que dichos padres están sometidos a una doble discriminación, por razón de sexo y por tener que verse obligados a acudir a los tribunales para reclamarlo, por ello se les reconoce, además del derecho a percibir el complemento de forma automática, a cobrar una “reparación pecuniaria adecuada”.
El asunto que ha llegado a los tribunales es el del padre gallego de dos hijos que solicitó a la Seguridad Social española en noviembre de 2020 el reconocimiento de su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que percibía desde noviembre de 2018.
Tras la denegación de la solicitud, en primera instancia se le reconoció el derecho al complemento de la pensión pero no se estimó una indemnización adicional y, tanto el padre y autoridades españolas recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y llevaron el caso al TJUE.
Esta mejora económica de las pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente para madres con dos o más hijos, creada en 2016 y declarada discriminatoria por el propio TJUE en 2019, ha sido sustituida por el complemento por brecha de género, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021 con el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.
Denunciamos la discriminación que sufrían los hombres que eran padres al percibir este complemento
Esta sentencia sigue la línea que mantuvimos desde las asociaciones de familias numerosas y que denunciamos al Gobierno, pidiendo que extendiera a los padres este complemento por hijos en las pensiones causadas desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021, periodo en el que estuvo vigente la normativa, al considerarlo discriminatorio, ya que si se compensa a las mujeres que han tenido hijos y que han hecho una aportación demográfica a la Seguridad Social, se debe compensar igual a los hombres que han sido padres, puesto que también ellos están aportando capital humano.
Nueva discriminación
El actual complemento por hijos en la pensión (complemento para la reducción de la brecha de género) que sustituyó al anterior, supone un incremento mensual de 30,40 euros en la pensión mensual por cada hijo que se haya tenido, hasta un máximo de 4 hijos. Así, un padre o una madre con 3 hijos, jubilado a partir de enero de 2021, fecha en la que entró en vigor el nuevo complemento -reformulado a partir del anterior de 2016- percibirá 91,20 euros más al mes, y si ha tenido 4 o más hijos, percibirá un plus de 121,6 euros. En su día, la Federación Española de Familias Numerosas denunció la discriminación de las familias con 5 o más hijos en este complemento, al limitarse a un máximo de 4 hijos y no ver compensada de forma justa y objetiva su mayor aportación demográfica a la sociedad.
+Info sobre el complemento por hijos en la pensión AQUI