A partir de este 14 de noviembre de 2025, todas las personas que tengan contratada a una empleada del hogar en España estarán obligadas a realizar una evaluación de riesgos laborales del domicilio donde la trabajadora desempeña sus tareas. El incumplimiento de esta nueva normativa podrá suponer multas de hasta casi 50.000 euros, según establece el Real Decreto 893/2024, que regula por primera vez la prevención de riesgos en el sector del hogar familiar.
Entre las novedades que incluye este Real Decreto, se destacan tres:
1. Evaluación de riesgos laborales del domicilio (obligatoria)
Desde el 14 de noviembre de 2025, la persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de riesgos del hogar donde la trabajadora presta sus servicios.
- La responsabilidad recae exclusivamente en quien contrata.
- La evaluación debe identificar riesgos, establecer medidas preventivas, asignar responsables y fijar plazos de corrección.
- La herramienta oficial para realizar el proceso es Prevención10.es, gratuita y desarrollada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (estos días, debido a la saturación de solicitudes, la página está dando errores momentáneos). Si bien, se puede delegar la evaluación en una entidad de prevención.
- Al finalizar, el sistema genera un informe que debe entregarse y explicarse a la trabajadora.
- La obligación incluye aplicar y mantener las medidas de prevención y actualizar la evaluación si cambian las condiciones del hogar o de las tareas asignadas.
- La normativa prohíbe que los costes de la prevención recaigan sobre la trabajadora.
La plataforma ofrece recursos específicos para el sector doméstico y asistencia técnica gratuita en el 913 63 43 00 (L–V de 9:00 a 14:00 h).
2. Formación en Prevención de Riesgos Laborales (obligatoria y única)
La norma establece que toda persona empleada del hogar deberá realizar una formación específica en prevención de riesgos, válida aunque trabaje para varios empleadores.
- El curso será gratuito.
- La formación se ofrecerá a través de una plataforma gestionada por FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo), que aún no está disponible.
- Incluirá un proceso de autoevaluación, será certificable y se regulará mediante resolución del Servicio Público de Empleo Estatal.
- La persona empleadora deberá asegurarse de que la trabajadora recibe esta formación cuando esté disponible.
3. Reconocimiento médico voluntario (único y gratuito)
Además, la normativa prevé un reconocimiento médico voluntario para las personas trabajadoras del hogar:
- Será gratuito, con la previsión de incorporarse al Sistema Nacional de Salud. Aún está sin concretar cómo se realizará ni gestionará.
- Tendrá carácter trienal, salvo que el personal sanitario determine una periodicidad menor o que sea necesario actualizarlo por cambios en las condiciones del trabajo.
- El reconocimiento será único, aunque la persona trabaje en varios hogares.


