24/02/2022. El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha resuelto en su deliberación del día 16 de febrero de 2022, que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social (de jubilación forzosa, viudedad o incapacidad permanente) debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres. (Nota de prensa).
Así que, igual que las mujeres, todos aquellos hombres que teniendo dos o más hijos hayan accedido a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 3 de febrero de 2021, fecha en la que entró en vigor el complemento para la reducción de la brecha de género, que sustituye al anterior complemento por maternidad en la pensión, a pensiones contributivas de jubilación forzosa, viudedad o incapacidad permanente, tendrán derecho al cobro de este complemento que ascenderá a un 5% al haber sido padre de dos hijos, 10% si lo es de tres y 15% en el supuesto de serlo de cuatro o más hijos.
Hay dos tipos de procedimientos dependiendo de si el interesado ha cotizado a la Seguridad Social o a cualquier mutualidad de funcionarios (ISFAS, MUGEJU, MUFACE, etc…).
En el primero de los casos (SS), hay que hacer una solicitud a la Seguridad Social y transcurrido el plazo (1 mes) desde la petición, si no han contestado o lo han denegado, iniciar un procedimiento ante la jurisdicción laboral (Demanda y Juicio).
En el segundo de los casos, la reclamación hay que hacerla ante el Ministerio correspondiente (Defensa, Justicia, etc…) y, en el mismo caso de no contestar o denegar, hay que iniciar el procedimiento contencioso administrativo (demanda y juicio).
Fundamentalmente es igual, lo único que cambian son las jurisdicciones.
Todos aquellos que quieran presentar reclamación lo pueden hacer ellos mismos.
Si no les contestan o les niegan el complemento, habría que presentar contencioso y esto ya tiene que ser a través de abogado. La sentencia del Supremo facilitaría que la resolución fuera favorable.
Desde AGAFAN ponemos a vuestro servicio la atención de abogados especializados para presentar contencioso a buen precio.
Para los interesados, contactar con la asociación: 881924774.
Más información: Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sección Pleno, Sentencia 362/2023 de 17 May. 2023, Rec. 3821/2022. Ponente: Molins García-Atance, Juan. Nº de Sentencia: 362/2023. Nº de Recurso: 3821/2022. Jurisdicción: SOCIAL
Fuente: AGAFAN