1.- TARXETA BENVIDA

Ayuda económica para familias que tengan hijos/as, adopten, estén en situación de guardia con fines adoptivos o acojan de manera permanente a menores de hasta tres años o se encuentren en la semana 21 o posterior de embarazo.

Esta ayuda se hará efectiva con la entrega de una tarjeta monedero física que se remitirá por correo postal al domicilio de la persona solicitante, y podrá emplearse para comprar productos destinados al cuidado de los niños/as en farmacias, parafarmacias, ópticas, supermercados, tiendas de alimentación, librerías o establecimientos de puericultura de Galicia.

Personas beneficiarias:

  • Mujeres embarazadas que se encuentren en la semana 21 o siguientes de embarazo durante el año en curso.
  • Padres y madres con hijos/as nacidos en el año en curso.
  • Quién adopte, acoja de manera permanente o tenga en guardia con fines adoptivos a un menor de hasta 3 años durante el año en curso.
  • Gallegos o gallegas, y sus descendientes que se encuentren en alguno de los dos supuestos anteriores y retornen a Galicia en el año en curso.
  • Las familias que no habían optado a la ayuda por superar los ingresos establecidos en la convocatoria anterior o familias beneficiarias de la ayuda de carácter general de 1.200€ en las convocatorias de los dos años anteriores, y que no habían renovado la ayuda por exceder de los ingresos establecidos, podrán beneficiarse de la ayuda en caso de merma de la renta familiar.
  • Las familias en situación de especial vulnerabilidad cuando no perciban ningún tipo de ingreso y la situación sea declarada por los servicios sociales comunitarios básicos.

 

Plazos:

  • El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente al nacimiento o se dicte la resolución administrativa o judicial de adopción, guardia con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente.
  • En el supuesto de mujer embarazada en cualquier momento del año en curso, siempre que se encuentre en la semana 21 o siguientes de embarazo.
  • En el supuesto de retornados/as, tres meses a partir del día siguiente a la fecha oficial de retorno a España.

 

Requisitos:

  1. Tener la residencia habitual en Galicia.
  2. Renta de la unidad familiar igual o inferior a 45.000€ anuales, o siendo superior, que no supere los 13.500€ per cápita al año (el futuro niño/a se computa como miembro de la unidad familiar a efectos de realizar el cálculo de la renta)
  3. En el supuesto de personas retornadas, que tengan la nacionalidad española antes del retorno.
  4. En el supuesto de familias vulnerables, que fueran declarados como tal por los servicios sociales comunitarios básicos y tengan un recurso económico público pendiente de concesión.

Cuantía

Con carácter general, es de 1.200€ por cada hijo o hija durante un año a razón de 100€/mes. En el supuesto de que el hijo o hija sea el/la tercero/a o sucesivo/a de la unidad familiar, la cuantía de la ayuda será de 2.400 € a razón de 200€/mes.

Supuesto de ampliación hasta 3 años: Que la renta familiar no supere los 22.000€ anuales. El incremento de la ayuda será en las siguientes cuantías:

  • a) 600 €/año, a razón de 50 €/mes, si el/la hijo/a que da derecho a la ayuda es el primero.
  • b) 1.200 €/año, a razón de 100 €/mes, si el/la hijo/a que da derecho a la ayuda es el segundo.
  • c) 2.400 €/año a razón de 200 €/mes, si el/la hijo/a que da derecho a la ayuda es el tercero o sucesivos.

Las cuantías se incrementarán un 25 % en el supuesto de residencia en ayuntamientos con una población inferior a 5.000 habitantes.

Excepcionalmente, la ayuda podrá percibirse hasta un año más siempre que la unidad familiar esté declarada, por el órgano de los servicios sociales comunitarios básicos, en situación de especial vulnerabilidad.

¿Dónde puedo solicitarlo?

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal con el nombre de procedimiento BS403B

Más información:

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica. Compl. Adtvo. San Caetano, Edif. 8B 15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A). Teléfono: 012/ 981900643.

Email: tarxetabenvida.familia@xunta.gal

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