10.- DEDUCCIÓN POR PERSONA CON DISCAPACIDAD A CARGO (ASCENDIENTE/DESCENDIENTE/CÓNYUGE)
Cuantías:
- Descendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada descendiente.
- Ascendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada ascendiente.
- Cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € ni genere el derecho a las deducciones previstas en los dos supuestos anteriores: 1.200 euros anuales.
¿Dónde puedo solicitar el abono anticipado?
Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma o aplicar la deducción íntegra en la declaración del IRPF.
El abono anticipado se puede solicitar:
- Telemáticamente: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G613.shtml. Es necesario tener DNI electrónico, certificado digital o estar registrado en el sistema Cl@vePIN.
- Presencialmente en las oficinas de la AEAT presentado el formulario rellenado y firmado (Modelo 143 AQUÍ), mediante cita previa (912901340 o 901200351 o https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/TOCP-MUTE/Identificacion).
Más información:
Más información: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G613.shtml
En caso de menores con discapacidad:
La Agencia Tributaria cruza mensualmente los datos con el Centro de discapacidad correspondiente a cada Comunidad Autónoma. Para que no haya incidencias ni retrasos a la hora del cobro, es IMPORTANTE, que el DNI del menor, conste en la base de datos del Centro.
Si quieres que lo tramitemos por tí a través de nuestro Servicio TGestiono ponte en contacto con nosotros. Descarga aquí la Autorización AGAFAN-AEAT y Anexo AGAFAN-AEAT.