10.- DEDUCCIÓN POR PERSONA CON DISCAPACIDAD A CARGO (ASCENDIENTE/DESCENDIENTE/CÓNYUGE)

Cuantías:

  • Descendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada descendiente.
  • Ascendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada ascendiente.
  • Cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € ni genere el derecho a las deducciones previstas en los dos supuestos anteriores: 1.200 euros anuales.

 

¿Dónde puedo solicitar el abono anticipado?

Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma o aplicar la deducción íntegra en la declaración del IRPF.

El abono anticipado se puede solicitar:

 

Más información:

Más información: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G613.shtml

En caso de menores con discapacidad:

La Agencia Tributaria cruza mensualmente los datos con el Centro de discapacidad correspondiente a cada Comunidad AutónomaPara que no haya incidencias ni retrasos a la hora del cobro, es IMPORTANTE, que el DNI del menor, conste en la base de datos del Centro.

 

Si quieres que lo tramitemos por tí a través de nuestro Servicio TGestiono  ponte en contacto con nosotros. Descarga aquí la Autorización AGAFAN-AEAT y Anexo AGAFAN-AEAT.