2.- BONO CONCILIA FAMILIA
El Bono Concilia Familia es una ayuda económica directa que contribuye a financiar servicios de conciliación contratados por las familias durante las vacaciones escolares o ante necesidades puntuales. Cubre la contratación de una persona cuidadora a domicilio, campamentos, ludotecas u otros servicios autorizados por la Consellería de Política Social e Igualdade.
Requisitos:
- Tener la residencia en Galicia
- Tener un hijo o hija de entre 4 y 13 años
- Que ambos progenitores trabajen en el período solicitado (o uno en caso de las familias monoparentales)
¿Qué supuestos cubre?
- Períodos de vacaciones escolares.
- Enfermedades del pequeño/a e imposibilidad de ser cuidado por los miembros de la unidad familiar.
- Enfermedad del cuidador habitual.
- Situaciones puntuales de carácter laboral o de formación.
- Situaciones puntuales de cuidado a familiares de hasta 2º grado de parentesco.
Cuantía:
La ayuda cubre hasta el 75% del servicio; pero se amplía hasta el 100% para las familias de especial consideración (numerosas, monoparentales, acogedoras, con guarda con fines adoptivos, con hijos/as con discapacidad superior al 33% o víctimas de violencia de género).
En todos los casos aplican estas cuantías máximas:
- 500 euros por unidad familiar para contratar cuidados a domicilio.
- 200 euros por cada hijo/a en caso de asistencia a campamentos o servicios de conciliación colectivos autorizados por la Consellería de Política Social e Igualdade.
¿Cómo se hace efectiva la ayuda?
Con la presentación de la solicitud del Bono Concilia Familia se debe entregar la siguiente documentación justificativa:
a) En el caso de contratación de campamentos, otros servicios de conciliación autorizados o de atención a domicilio:
- Facturas originales en las que conste el día y horas en que se prestó el servicio, junto con los comprobantes bancarios que acrediten el pago.
- Justificación documental de la situación puntual que da derecho a recibir la ayuda.
b) En el caso de contratar a una persona empleada en el hogar o ampliar el horario de un contrato preexistente:
- Contrato de trabajo donde conste expresamente el período de contratación, su objeto y el intervalo de tiempo horario en que se presta el servicio.
- Justificantes bancarios del pago del salario y cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Dónde puedo solicitarlo?
- a través de la Sede Electrónica mediante certificado digital o Chave365: Procedimiento BS412A
- presencialmente en cada ayuntamiento a través del «Portelo Único» .
- presencialmente en alguna de las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia.
Más información:
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica