5.- DEDUCCIÓN POR CUIDADO DE HIJAS O HIJOS MENORES DE 3 AÑOS
Podrán deducirse los contribuyentes un 30 % de las cantidades satisfechas en el período por dejar a los hijos al cuidado de una persona empleada del hogar o en escuelas infantiles 0-3, con el límite máximo de 400 € , 600 € si tienen dos o más hijos, siempre que:
a) Que en la fecha de devengo del impuesto los hijos tengan 3 o menos años.
b) Que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena, por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
c) Que, en el caso de que la deducción sea de aplicación por gastos de una persona empleada del hogar, esta esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
d) Que la base imponible total menos los mínimos personal y familiar a efectos del IRPF no sobrepase 22.000 en tributación individual o 31.000 en tributación conjunta.
Cuando más de un contribuyente tenga derecho a esa deducción respecto de los mismos descendientes, el importe de la misma se prorrateará entre ellos.