7.- COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO EN LA PENSIÓN CONTRIBUTIVA

Sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica. Los beneficiarios son mujeres y los hombres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad. Cuando se acceda a la jubilación plena desde la jubilación parcial se reconocerá el complemento, si se cumplen los requisitos exigidos.

Más información:

https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/4c43ce49-6636-4a12-bacf-5e6697eb81da

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