El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una sentencia pionera en España, considera justificado aplicar de forma retroactiva las mejoras y beneficios que para las familias numerosas supuso la reforma legal que se aprobó con la Ley 26/2015, de 28 de julio, después de haberlo perdido en el año 2014 al superar uno de los hijos el límite de edad. Factor que hace cuatro años y medio provocaba de manera inmediata el final de estas ayudas para todos los miembros del hogar. El TSJ ha dictado que la familia tiene derecho a la renovación de título de familia numerosa en los términos fijados en el art. 6.2 de la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas, con efectos desde la fecha de su solicitud.
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Fuente: AGAFAN